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Creación de una Comisión Interna de Revisión de Accesibilidad en Türkiye: Requisitos según la Circular Presidencial 2025/10

Este artículo explica cómo las organizaciones sujetas en Türkiye deben establecer una Comisión Interna de Revisión de Accesibilidad de Sitios Web y Aplicaciones Móviles (İnceleme Komisyonu) en virtud de la Circular Presidencial n.º 2025/10, incluyendo la base legal, las obligaciones, los requisitos de WCAG 2.2 y una guía de implementación paso a paso.

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Descripción general

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El 21 de junio de 2025, Türkiye dio un paso histórico hacia la inclusión digital al publicar la Circular Presidencial n.º 2025/10, titulada Web Siteleri ve Mobil Uygulamaların Erişilebilirliği (Accesibilidad de los sitios web y las aplicaciones móviles), en el Boletín Oficial n.º 32933. La Circular establece un marco jurídico integral que exige sitios web y aplicaciones móviles accesibles para una amplia gama de organizaciones de los sectores público y privado, con el objetivo explícito de permitir que las personas con discapacidad y las personas mayores participen en igualdad de condiciones en la vida digital.

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En el centro de este marco se encuentra una estructura de comisiones de tres niveles. Dos comisiones operan a nivel nacional: una Comisión de Seguimiento (İzleme Komisyonu) presidida por la Ministra de Familia y Servicios Sociales, y una Comisión Consultiva (Danışma Komisyonu) presidida por una Viceministra. El tercer órgano, y el más crítico desde el punto de vista operativo para cualquier organización individual, es la Comisión interna de Revisión de Accesibilidad (Web Siteleri ve Mobil Uygulamaların Erişilebilirliği İnceleme Komisyonu — en lo sucesivo, "İnceleme Komisyonu"). Toda institución, organización, universidad y persona jurídica sujeta a la Circular debe constituir este órgano interno, realizar un examen técnico de sus propios sitios web y aplicaciones móviles y presentar un informe escrito a la Comisión Nacional de Seguimiento.

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Este requisito resuelve un problema de aplicación de larga data: sin un órgano interno designado y responsable de realizar y documentar auditorías de accesibilidad, la supervisión regulatoria se vuelve difícil y el cumplimiento sigue siendo superficial. Al exigir que cada organización ponga en marcha su propia İnceleme Komisyonu, la Circular crea una responsabilidad distribuida y un rastro documental que alimenta directamente el ciclo nacional de seguimiento.

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Base jurídica

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El principal instrumento jurídico es la Circular Presidencial n.º 2025/10, firmada por el Presidente Recep Tayyip Erdoğan y publicada en el Resmî Gazete (Boletín Oficial) de fecha 21 de junio de 2025, n.º 32933. La Circular entró en vigor en la fecha de su publicación y es jurídicamente vinculante para todas las entidades mencionadas en su ámbito de aplicación.

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Dos leyes fundamentales sustentan la Circular:

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  • Ley n.º 5378 — Ley sobre las Personas con Discapacidad (Engelliler Hakkında Kanun), de fecha 1 de julio de 2005. El artículo 7(3) de esta ley exige expresamente que los servicios de información y las tecnologías de la información y la comunicación sean accesibles. La Circular operacionaliza este deber legal preexistente especificando normas, plazos y mecanismos institucionales.
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  • Ley n.º 6563 — Ley sobre la Regulación del Comercio Electrónico (Elektronik Ticaretin Düzenlenmesi Hakkında Kanun), de fecha 23 de octubre de 2014. Esta ley incluye a los proveedores de servicios de comercio electrónico dentro de la obligación de accesibilidad y proporciona el fundamento jurídico para el plazo ampliado de dos años concedido a ese sector para el cumplimiento.
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La Circular también se alinea con la Ley n.º 6701 sobre la Institución de Derechos Humanos e Igualdad de Turquía, que designa la discapacidad como un motivo de discriminación, reforzando la dimensión de derechos humanos de la obligación de accesibilidad.

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El texto completo oficial de la Circular está disponible en el archivo electrónico del Resmî Gazete: https://www.resmigazete.gov.tr/eskiler/2025/06/20250621-17.pdf. El Ministerio de Familia y Servicios Sociales publica la Lista de Verificación de Accesibilidad Web – Nivel A y las directrices WCAG 2.2 en www.aile.gov.tr.

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¿Quién está obligado?

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La Circular establece una clara distinción entre dos niveles de cumplimiento basados en el tipo de entidad y el plazo de cumplimiento.

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Plazo de un año (hasta el 21 de junio de 2026) — Entidades públicas y cuasi públicas

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  • Instituciones y organizaciones públicas (kamu kurum ve kuruluşları)
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  • Universidades
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  • Municipalidades (belediyeler)
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  • Empresas de propiedad estatal (kamu iktisadi teşebbüsleri)
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  • Empresas, explotaciones y filiales municipales
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  • Organizaciones profesionales con estatus de institución pública (kamu kurumu niteliğindeki meslek kuruluşları)
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  • Bancos (bankalar)
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  • Hospitales privados (özel hastaneler)
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  • Instituciones educativas privadas autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional (MoNE)
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  • Empresas privadas que prestan servicios de transporte de pasajeros por carretera, ferrocarril, mar (buques de pasajeros) y aire en virtud de la Ley n.º 4925 (Ley de Transporte por Carretera)
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  • Agencias de viajes de Grupo A que cuenten con licencia del Ministerio de Cultura y Turismo
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  • Operadores de telecomunicaciones en el sector de las comunicaciones electrónicas con 200,000 o más abonados
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Plazo de dos años (hasta el 21 de junio de 2027) — Sector del comercio electrónico

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  • Proveedores de servicios de comercio electrónico que operan en virtud de la Ley n.º 6563 sobre la Regulación del Comercio Electrónico
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Las organizaciones que quedan fuera de las categorías enumeradas no están formalmente obligadas por la Circular, aunque expertos jurídicos señalan que se fomenta encarecidamente el cumplimiento voluntario de las normas de accesibilidad como cuestión de responsabilidad en materia de derechos humanos y de buena práctica. Ciertos contenidos están explícitamente exentos de la obligación, incluidos los sitios web, páginas y aplicaciones móviles de archivo que no se hayan actualizado ni editado en el último año.

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Requisitos técnicos

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La Circular establece dos referencias técnicas interrelacionadas con respecto a las cuales la İnceleme Komisyonu de una organización debe realizar la evaluación:

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WCAG 2.2 Nivel A — Norma mínima obligatoria

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Las Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web (WCAG) versión 2.2, publicadas por el World Wide Web Consortium (W3C) en octubre de 2023, establecen la base internacional. La conformidad de Nivel A es la norma mínima obligatoria en virtud de la Circular. Las organizaciones deben alinear sus sitios web y aplicaciones móviles con los criterios de éxito de WCAG 2.2 Nivel A para satisfacer la obligación legal.

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Lista de Verificación de Accesibilidad Web – Nivel A (Kontrol Listesi – A Seviyesi)

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El Ministerio de Familia y Servicios Sociales ha publicado una Web Siteleri ve Mobil Uygulamaların Erişilebilirliği Kontrol Listesi – A Seviyesi (Lista de Verificación de Accesibilidad – Nivel A) nacional, elaborada con la participación de instituciones y universidades pertinentes. Esta lista de verificación contiene 31 principios y 122 preguntas estructurados en torno a los criterios de Nivel A de WCAG 2.2. Todas las organizaciones cubiertas deben utilizar esta lista de verificación como su principal herramienta de autoevaluación. Está publicada en www.aile.gov.tr.

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Nivel AA — Requisito para el Logotipo de Accesibilidad

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Las organizaciones que deseen obtener el Erişilebilirlik Logosu (Logotipo de Accesibilidad) deben demostrar un nivel de conformidad más elevado. La Comisión de Seguimiento evalúa si una plataforma es realmente accesible, y el logotipo resultante —concedido por un período de dos años— se entiende en la práctica como reflejo de la alineación con WCAG 2.2 Nivel AA, ya que la lista de verificación de Nivel A por sí sola establece el umbral mínimo de cumplimiento más que una marca reconocida de excelencia.

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Alcance de la auditoría técnica

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El examen técnico de la İnceleme Komisyonu debe abarcar todos los sitios web y aplicaciones móviles activos operados por la organización. Debe producir un informe escrito formal que identifique qué criterios de WCAG 2.2 y de la Lista de Verificación se cumplen, cuáles se cumplen parcialmente y cuáles no se cumplen, junto con un plan de remediación. Este informe se presenta a la Comisión Nacional de Seguimiento como parte del proceso de supervisión.

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Pasos de implementación

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Los siguientes pasos proporcionan una hoja de ruta práctica para cualquier organización cubierta que establezca su İnceleme Komisyonu y logre el cumplimiento.

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  1. Determine su plazo de cumplimiento. Confirme si su organización entra en la categoría de un año (sector público y entidades privadas enumeradas) o de dos años (comercio electrónico). Calcule su plazo a partir del 21 de junio de 2025 y planifique hacia atrás para crear un cronograma de proyecto realista.
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  3. Establezca formalmente la İnceleme Komisyonu mediante una decisión oficial. Emita una decisión administrativa interna (por ejemplo, una resolución del consejo, un decreto del rector o una directiva del director general) que constituya formalmente la Comisión interna de Revisión de Accesibilidad. La decisión debe nombrar a los miembros de la comisión, designar a una persona que la presida y especificar el mandato de la comisión: examinar técnicamente los sitios web y las aplicaciones móviles de la organización en materia de accesibilidad y preparar el informe para su presentación a la Comisión Nacional de Seguimiento.
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  5. Designe miembros de la comisión con cualificación técnica. La İnceleme Komisyonu debe incluir personal con experiencia en desarrollo web, diseño UX/UI y tecnologías de la información. Considere también incluir a una persona representante de recursos humanos o del área jurídica y —cuando sea posible— a una persona con discapacidad que pueda aportar la perspectiva de la persona usuaria. La comisión debe tener un mínimo de tres miembros para garantizar credibilidad deliberativa.
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  7. Haga un inventario de todos los activos digitales. Elabore una lista completa de todos los sitios web, subdominios, aplicaciones web y aplicaciones móviles (iOS y Android) operados o mantenidos por la organización. Dé prioridad a aquellos que proporcionan servicios, formularios o información de cara al público.
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  9. Obtenga y estudie la Lista de Verificación de Accesibilidad oficial. Descargue la Web Siteleri ve Mobil Uygulamaların Erişilebilirliği Kontrol Listesi – A Seviyesi desde www.aile.gov.tr. Familiarice a la comisión con los 31 principios y las 122 preguntas. Revise las directrices WCAG 2.2 publicadas por el W3C para obtener contexto técnico adicional.
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  11. Realice la auditoría técnica de accesibilidad. Aplique sistemáticamente la Lista de Verificación a cada activo digital. Utilice una combinación de herramientas de análisis automatizado (como la superposición de accesibilidad y el SDK de widgets de Accsible) y pruebas manuales —incluida la navegación solo con teclado, pruebas con lector de pantalla y análisis de contraste de color—. Documente el estado de cada criterio: conforme, parcialmente conforme o no conforme.
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  13. Identifique y priorice las acciones de remediación. Para cada elemento no conforme o parcialmente conforme, determine la remediación necesaria, el equipo responsable y una fecha objetivo de finalización. Priorice los problemas que afecten al mayor número de personas usuarias o que supongan la mayor barrera de acceso (por ejemplo, ausencia de texto alternativo, ausencia de etiquetas en formularios, contraste de color insuficiente).
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  15. Implemente la remediación y verifique las correcciones. Trabaje con sus equipos de desarrollo y de contenidos para implementar los cambios necesarios. Vuelva a realizar las pruebas después de cada conjunto de correcciones para verificar que el problema se ha resuelto y que no se han introducido nuevos problemas. Las soluciones de superposición de accesibilidad —como el widget de Accsible— pueden proporcionar mejoras inmediatas del lado del cliente mientras se implementan correcciones estructurales a más largo plazo.
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  17. Prepare y presente el informe formal. Redacte el informe oficial de la İnceleme Komisyonu detallando la metodología de auditoría, las conclusiones para cada activo digital, las acciones de remediación realizadas, los elementos pendientes con sus plazos y una evaluación global de conformidad con respecto a la Lista de Verificación – Nivel A. Presente el informe a la Web Siteleri ve Mobil Uygulamaların Erişilebilirliği İzleme Komisyonu nacional a través del canal especificado por el Ministerio de Familia y Servicios Sociales.
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  19. Mantenga un seguimiento continuo y ciclos de revisión anuales. La accesibilidad no es un proyecto puntual. La Comisión Nacional de Seguimiento opera con un ciclo de planificación anual. Su İnceleme Komisyonu debe programar reauditorías periódicas (al menos anuales), actualizar el informe a medida que evolucione su patrimonio digital y garantizar que los nuevos contenidos, funcionalidades o aplicaciones se evalúen en materia de accesibilidad antes de su lanzamiento.
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Preguntas frecuentes

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¿Qué es exactamente la İnceleme Komisyonu y en qué se diferencia de las comisiones nacionales?

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La İnceleme Komisyonu (Comisión interna de Revisión de Accesibilidad) es un órgano interno que cada organización cubierta debe crear dentro de su propia estructura. Su función es auditar técnicamente los sitios web y las aplicaciones móviles de la propia organización y elaborar un informe para la Comisión Nacional de Seguimiento (İzleme Komisyonu). La Comisión Nacional de Seguimiento —presidida por la Ministra de Familia y Servicios Sociales— supervisa el cumplimiento en todas las entidades cubiertas. La Comisión Consultiva (Danışma Komisyonu), presidida por una Viceministra, resuelve ambigüedades y ayuda a definir el plan anual de seguimiento. La İnceleme Komisyonu es, por tanto, el órgano operativo a nivel de organización, mientras que las comisiones nacionales proporcionan supervisión y orientación desde arriba.

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¿Hasta qué fecha deben las instituciones públicas constituir su İnceleme Komisyonu y lograr el cumplimiento?

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Las instituciones públicas, universidades, municipalidades, empresas de propiedad estatal, bancos, hospitales privados, escuelas autorizadas por el MoNE, empresas de transporte de pasajeros, agencias de viajes de Grupo A y operadores de telecomunicaciones con 200,000 o más abonados deben cumplir en el plazo de un año desde la publicación de la Circular, es decir, hasta el 21 de junio de 2026. Los proveedores de servicios de comercio electrónico en virtud de la Ley n.º 6563 tienen plazo hasta el 21 de junio de 2027. No existe un plazo específico separado para la constitución de la propia İnceleme Komisyonu; las organizaciones deben formarla lo antes posible para que el trabajo de auditoría y remediación pueda completarse dentro de la ventana general de cumplimiento.

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¿Qué norma debemos cumplir para ser considerados conformes?

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