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Circular Presidencial de Turquía 2025/10 — Accesibilidad Web y Móvil: Visión General y Alcance
La Circular Presidencial 2025/10, publicada en el Boletín Oficial de Turquía n.º 32933 el 21 de junio de 2025, exige la accesibilidad alineada con WCAG 2.2 para sitios web y aplicaciones móviles en una amplia gama de organizaciones de los sectores público y privado, con plazos de cumplimiento de un año para el sector público y de dos años para los proveedores de comercio electrónico.
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Descripción general
La Circular Presidencial n.º 2025/10, titulada "Web Siteleri ve Mobil Uygulamaların Erişilebilirliği" (Accesibilidad de los sitios web y las aplicaciones móviles), es una directiva histórica emitida por la Presidencia de la República de Türkiye. Establece un marco jurídico y técnico integral que exige que los sitios web y las aplicaciones móviles se diseñen y mantengan de modo que sean plenamente accesibles para las personas con discapacidad y las personas mayores, grupos que históricamente se han enfrentado a importantes barreras para interactuar con los servicios digitales.
El problema central que aborda la circular es sencillo pero de gran alcance: a medida que los servicios gubernamentales, el comercio, la sanidad, la educación, la banca y el transporte han migrado al entorno digital, las personas ciegas, con baja visión, sordas o con discapacidad auditiva, o con discapacidades motoras o cognitivas han sido sistemáticamente excluidas de la participación en igualdad de condiciones en la vida digital. La circular señala un compromiso nacional para revertir esta exclusión y alinear la gobernanza digital de Türkiye con las normas internacionales de derechos humanos.
Más allá del acceso en igualdad de condiciones para las personas usuarias, la circular introduce una maquinaria de gobernanza —comisiones específicas de seguimiento, asesoramiento y revisión interna— para garantizar el cumplimiento continuo en lugar de una subsanación puntual basada en listas de verificación. También crea un incentivo positivo en forma del Erişilebilirlik Logosu (Logotipo de Accesibilidad) oficial que las organizaciones que cumplan los requisitos pueden mostrar, indicando al público que sus servicios digitales cumplen las normas exigidas.
El momento de la circular es significativo. Coincide con la entrada en vigor del Acta Europea de Accesibilidad (EAA) en la UE y refleja una tendencia global más amplia hacia la inclusión digital exigida por ley. Para las organizaciones que operan en el mercado turco o que desean acceder a él, comprender el alcance, los plazos y los requisitos técnicos de la circular se ha convertido en una obligación de cumplimiento.
Base jurídica
La circular se apoya en una base jurídica estratificada de leyes turcas existentes y compromisos internacionales:
- Circular Presidencial n.º 2025/10, publicada en el Resmî Gazete (Boletín Oficial de la República de Türkiye), de fecha 21 June 2025, número 32933. El texto completo está disponible en:
https://www.resmigazete.gov.tr/eskiler/2025/06/20250621-17.pdf. La circular entró en vigor en la fecha de su publicación. - Ley n.º 5378 — Engelliler Hakkında Kanun (Ley sobre las Personas con Discapacidad), promulgada el 1 July 2005, y en vigor desde el 7 July 2005. El artículo 15 de esta ley establece que la accesibilidad de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), incluidos los servicios de información basados en la web, es una obligación legal para los organismos públicos. La Circular Presidencial 2025/10 operacionaliza y amplía esta obligación a un conjunto más amplio de actores del sector privado.
- Ley n.º 6563 — Elektronik Ticaretin Düzenlenmesi Hakkında Kanun (Ley sobre la Regulación del Comercio Electrónico), promulgada el 23 October 2014. La circular utiliza el ámbito de aplicación de esta ley para definir qué proveedores de servicios de comercio electrónico están sujetos al plazo de cumplimiento de dos años.
- Ley n.º 4925 — Karayolu Taşıma Kanunu (Ley de Transporte por Carretera), que define la categoría de empresas privadas de transporte por carretera incluidas en el ámbito de aplicación.
- La ratificación por parte de Türkiye de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), que entró en vigor a nivel interno el 28 September 2009, proporcionando el anclaje internacional en materia de derechos humanos para los objetivos de la circular.
El Ministerio de Familia y Servicios Sociales (Aile ve Sosyal Hizmetler Bakanlığı) es el organismo principal responsable de publicar la lista de verificación de referencia, coordinar las actividades de seguimiento y otorgar el Logotipo de Accesibilidad. Las normas de cumplimiento y los procedimientos de trabajo de las comisiones creadas en virtud de la circular serán establecidos por el Ministerio y publicados en su sitio web oficial en www.aile.gov.tr.
¿Quién está obligado?
La circular enumera explícitamente dos niveles de entidades cubiertas, diferenciadas por su plazo de cumplimiento:
Nivel 1 — Plazo de cumplimiento de 1 año (a partir del 21 June 2025)
Las siguientes categorías de organizaciones deben adecuar sus sitios web y aplicaciones móviles en un plazo de un año desde la publicación de la circular (es decir, antes del 21 June 2026):
- Instituciones y organizaciones públicas (kamu kurum ve kuruluşları)
- Universidades (üniversiteler)
- Municipios (belediyeler) y empresas, explotaciones y filiales de titularidad municipal
- Empresas de propiedad estatal (kamu iktisadi teşebbüsleri)
- Organizaciones profesionales con estatus de institución pública (kamu kurumu niteliğindeki meslek kuruluşları)
- Bancos (bankalar)
- Hospitales privados (özel hastaneler)
- Instituciones educativas privadas autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional (Millî Eğitim Bakanlığı izniyle açılan özel öğretim kurumları)
- Organizaciones privadas que prestan servicios de transporte de pasajeros en virtud de la Ley de Transporte por Carretera n.º 4925, incluidos vehículos por carretera, buques de pasajeros, operadores ferroviarios y compañías aéreas
- Agencias de viajes de Grupo A que cuenten con licencia de explotación del Ministerio de Cultura y Turismo (Kültür ve Turizm Bakanlığından işletme belgesi alan A Grubu acenteler)
- Operadores de telecomunicaciones activos en el sector de las comunicaciones electrónicas con más de 200,000 abonados
Nivel 2 — Plazo de cumplimiento de 2 años (a partir del 21 June 2025)
La siguiente categoría debe cumplir en un plazo de dos años (es decir, antes del 21 June 2027):
- Proveedores de servicios de comercio electrónico sujetos a la Ley n.º 6563 sobre la Regulación del Comercio Electrónico
La intención más amplia de la circular es universal: todas las entidades que presten servicios digitales en Türkiye deben avanzar hacia la accesibilidad, incluso si no figuran de inmediato como partes obligadas. La Comisión de Seguimiento creada en virtud de la circular tiene autoridad para ampliar sus actividades de revisión con el tiempo.
Requisitos técnicos
La circular designa dos puntos de referencia técnicos coiguales que las organizaciones obligadas deben cumplir:
- Web Siteleri ve Mobil Uygulamaların Erişilebilirliği Kontrol Listesi — A Seviyesi (Lista de Verificación de Accesibilidad de Sitios Web y Aplicaciones Móviles — Nivel A), elaborada y publicada por el Ministerio de Familia y Servicios Sociales. Esta lista traduce los criterios internacionales de WCAG en una herramienta de evaluación estandarizada a nivel nacional.
- Web İçeriği Erişilebilirlik Kılavuzu (WCAG) 2.2, publicada por el World Wide Web Consortium (W3C). WCAG 2.2 es la norma internacionalmente reconocida en la actualidad para la accesibilidad de contenidos digitales y abarca una amplia gama de tipos de discapacidad, incluidas las discapacidades visuales, auditivas, motoras y cognitivas.
Norma mínima obligatoria: WCAG 2.2 Nivel A. Todas las organizaciones cubiertas deben cumplir, como mínimo, los criterios de éxito de Nivel A. El Nivel A representa la línea de base: se dirige a las barreras más críticas que impiden que las personas con discapacidad accedan en absoluto al contenido digital.
Requisito para el Logotipo de Accesibilidad: WCAG 2.2 Nivel AA. Las organizaciones que deseen obtener y mostrar el Logotipo de Accesibilidad oficial deben demostrar conformidad con el Nivel AA, que incluye todos los criterios de Nivel A más criterios adicionales que abordan una gama más amplia de situaciones de discapacidad, como un contraste de color suficiente, subtítulos para audio en directo y puntos de referencia de navegación accesibles.
Las principales áreas técnicas cubiertas por WCAG 2.2 Niveles A y AA incluyen:
- Perceptible: Alternativas textuales para el contenido no textual; subtítulos y descripciones de audio para contenido multimedia; presentación de contenido adaptable; contraste de color suficiente (AA).
- Operable: Accesibilidad completa mediante teclado; ausencia de contenido que pueda provocar convulsiones; estructura navegable con títulos de página descriptivos y orden de enfoque; indicadores de enfoque visibles (AA).
- Comprensible: Contenido legible y predecible; identificación de errores y sugerencias en los formularios.
- Robusto: Contenido compatible con las tecnologías de apoyo actuales y futuras, incluidos lectores de pantalla y controles por pulsador.
WCAG 2.2, publicada como norma oficial del W3C en October 2023, añadió nueve nuevos criterios de éxito en comparación con WCAG 2.1, con mejoras particulares para las personas con discapacidades cognitivas y de aprendizaje y para las personas usuarias de dispositivos móviles. Cabe destacar que WCAG 2.2 eliminó el anteriormente controvertido Criterio de Éxito 4.1.1 (Análisis sintáctico), que había sido una fuente de confusión en las pruebas automatizadas.
Se espera que las organizaciones cubiertas lleven a cabo pruebas técnicas de accesibilidad tanto de sus sitios web como de sus aplicaciones móviles. El marco de gobernanza de la circular —que implica una Comisión de Revisión interna en cada organización, una Comisión Asesora externa y la Comisión de Seguimiento central— prevé un proceso de auditoría estructurado y repetible en lugar de una revisión puntual.
Marco de gobernanza y seguimiento
La circular establece tres órganos distintos para supervisar y apoyar la implementación:
- İzleme Komisyonu (Comisión de Seguimiento), presidida por la persona titular del Ministerio de Familia y Servicios Sociales. Es responsable de revisar sistemáticamente la accesibilidad de las plataformas digitales de las organizaciones cubiertas, elaborar planes de trabajo anuales y publicar informes de resultados. A las organizaciones que se considere que cumplen se les concede el Logotipo de Accesibilidad por un período de dos años.
- Danışma Komisyonu (Comisión Asesora), presidida por una persona Viceministra y compuesta por partes interesadas pertinentes del sector público y de la sociedad civil. Proporciona orientación sobre la implementación, aborda las ambigüedades y apoya el desarrollo de capacidades en todo el sector.
- İnceleme Komisyonları (Comisiones Internas de Revisión), establecidas dentro de cada organización cubierta. Son responsables de realizar pruebas técnicas de accesibilidad de las propias plataformas digitales de la organización utilizando la lista de verificación del Ministerio y WCAG 2.2 como marco de referencia.
Los procedimientos de trabajo de las tres comisiones serán determinados por el Ministerio de Familia y Servicios Sociales. Los resultados del seguimiento se anuncian públicamente por parte de la persona titular del Ministerio, creando un mecanismo reputacional junto con el incentivo formal del logotipo.
Pasos de implementación
- Determine su plazo. Identifique si su organización se encuentra en el Nivel 1 (plazo de un año, hasta el 21 June 2026) o en el Nivel 2 (plazo de dos años, hasta el 21 June 2027) en función de las categorías de tipos de entidad enumeradas en la circular.
- Descargue los documentos de referencia oficiales. Obtenga la Lista de Verificación de Accesibilidad (Nivel A) del Ministerio de Familia y Servicios Sociales en
www.aile.gov.try revise las directrices WCAG 2.2 enhttps://www.w3.org/TR/WCAG22/. Estos dos documentos definen conjuntamente su objetivo de cumplimiento. - Establezca una Comisión Interna de Revisión. Designe al personal responsable dentro de su organización para formar la İnceleme Komisyonu. Este equipo debe incluir desarrolladores web, diseñadores UX, editores de contenido e idealmente a alguien con experiencia vivida de discapacidad.
- Realice una auditoría de accesibilidad de referencia. Ejecute tanto herramientas de análisis automatizado como pruebas manuales con respecto a WCAG 2.2 Nivel A (y Nivel AA si su objetivo es el Logotipo de Accesibilidad) en su sitio web y en todas sus aplicaciones móviles. Documente todos los incumplimientos con clasificaciones de gravedad.
- Priorice y subsane. Aborde primero los incumplimientos críticos de Nivel A, ya que impiden la realización de tareas fundamentales por parte de las personas con discapacidad. A continuación, trabaje en los incumplimientos de Nivel AA. Entre las correcciones prioritarias habituales se incluyen: añadir texto alternativo a las imágenes, habilitar la navegación completa mediante teclado, garantizar un contraste de color suficiente, proporcionar subtítulos para el contenido de vídeo y hacer que los formularios sean accesibles con etiquetas adecuadas y descripciones de errores.
- Pruebe con tecnologías de apoyo reales. Verifique el contenido corregido utilizando lectores de pantalla (como NVDA, JAWS o VoiceOver), navegación solo con teclado y herramientas de lectores de pantalla móviles (TalkBack en Android, VoiceOver en iOS). Las herramientas automatizadas detectan aproximadamente el 30–40% de los incumplimientos de WCAG; las pruebas manuales son esenciales para el resto.
- Publique una declaración de accesibilidad. Aunque la circular no exige explícitamente una declaración pública formal de accesibilidad, las buenas prácticas —y el espíritu de la regulación— recomiendan publicar una declaración en su sitio web en la que se indique su nivel de conformidad, las limitaciones conocidas y un canal de contacto para que las personas usuarias informen de barreras de accesibilidad.
- Integre un widget de superposición de accesibilidad. Herramientas como el SDK del widget Accsible proporcionan una capa adicional de controles de accesibilidad orientados a la persona usuaria (redimensionamiento de texto, modos de contraste, ayudas de navegación por teclado, optimizaciones para lectores de pantalla) que complementan la subsanación a nivel de código y ayudan a salvar las brechas restantes para personas usuarias diversas.
- Preséntese para la revisión de la Comisión de Seguimiento. Una vez que su organización haya completado la subsanación y las pruebas internas, participe en el proceso de la Comisión de Seguimiento coordinado por el Ministerio de Familia y Servicios Sociales. Una evaluación satisfactoria da lugar a la concesión oficial del Logotipo de Accesibilidad por dos años.
- Mantenga y supervise de forma continua. La accesibilidad no es un proyecto puntual. Establezca procesos para que el nuevo contenido, las nuevas funcionalidades y las integraciones de terceros se revisen en materia de accesibilidad antes de su publicación. Programe reevaluaciones periódicas y actualice anualmente el plan de trabajo de su comisión interna.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo exacto de cumplimiento para las organizaciones del sector público?
Las instituciones públicas, universidades, municipios, empresas de propiedad estatal, bancos, hospitales privados, escuelas privadas (autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional), operadores privados de transporte de pasajeros, agencias de viajes de Grupo A y operadores de telecomunicaciones con más de 200,000 abonados deben cumplir en el plazo de un año a partir de la fecha de publicación de la circular, el 21 June 2025, es decir, antes del 21 June 2026.
¿Cuándo deben cumplir las empresas de comercio electrónico?
Los proveedores de servicios de comercio electrónico regulados por la Ley n.º 6563 disponen de un plazo de cumplimiento de dos años, lo que significa que su fecha límite es el 21 June 2027. Este plazo más largo refleja el gran número y la variedad de empresas del sector del comercio electrónico y la posible mayor complejidad técnica de sus plataformas digitales.
¿Qué se considera exactamente como cumplimiento en virtud de la circular?
El cumplimiento significa que su sitio web y sus aplicaciones móviles se ajustan tanto a la Lista de Verificación de Accesibilidad de Nivel A del Ministerio de Familia y Servicios Sociales como a las Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web (WCAG) 2.2, como mínimo en el Nivel A. Para obtener el Logotipo de Accesibilidad oficial, sus plataformas deben cumplir WCAG 2.2 Nivel AA. El cumplimiento se evalúa mediante el proceso de seguimiento realizado o supervisado por la Comisión de Seguimiento, no solo mediante una autodeclaración.
¿Qué es el Logotipo de Accesibilidad y cómo lo obtenemos?
El Erişilebilirlik Logosu (Logotipo de Accesibilidad) es una marca oficial otorgada por el Ministerio de Familia y Servicios Sociales a las organizaciones cuyos sitios web y aplicaciones móviles han sido revisados por la Comisión de Seguimiento y se ha comprobado que cumplen las normas de accesibilidad exigidas. El logotipo se concede por un período de dos años, tras el cual es necesaria una nueva evaluación. Sirve como señal pública del compromiso de la organización con la inclusión digital y con el tiempo puede convertirse en un factor diferenciador en materia de contratación o reputación. Las organizaciones deben consultar el sitio web del Ministerio (www.aile.gov.tr) para conocer los procedimientos formales de solicitud y revisión.
¿Existen sanciones por incumplimiento?
La circular en sí es una Circular Presidencial y no una ley, y no establece directamente nuevas sanciones independientes. Sin embargo, la Ley n.º 5378 sobre las Personas con Discapacidad ya contiene disposiciones de ejecución para los incumplimientos en la prestación de servicios TIC accesibles por parte de organismos públicos, y la Institución de Derechos Humanos e Igualdad de Türkiye (TİHEK) tiene autoridad para abordar la discriminación por motivos de discapacidad en virtud de la Ley n.º 6701. A medida que la Comisión de Seguimiento entre en funcionamiento y comience a publicar públicamente los resultados de cumplimiento, aumentarán las consecuencias reputacionales y la posible invocación de los mecanismos de ejecución administrativa existentes en virtud de la Ley n.º 5378. Se recomienda encarecidamente a las organizaciones que consideren los plazos como firmes.
¿La circular se aplica tanto a las aplicaciones móviles como a los sitios web?
Sí. La circular cubre explícitamente tanto los sitios web como las aplicaciones móviles. WCAG 2.2 y la lista de verificación del Ministerio se aplican a ambas plataformas. Las consideraciones específicas para móviles incluyen el tamaño de los objetivos táctiles, alternativas a los gestos, compatibilidad con lectores de pantalla (VoiceOver en iOS y TalkBack en Android) y el uso adecuado de las API nativas de accesibilidad. Las organizaciones que cuenten tanto con presencia web como con aplicación móvil deben garantizar que ambas cumplan los requisitos antes de su plazo aplicable.
Nuestra organización es una pequeña escuela privada, ¿tenemos que cumplir?
Sí. Las instituciones educativas privadas que han sido autorizadas para operar por el Ministerio de Educación Nacional (Millî Eğitim Bakanlığı izniyle açılan özel öğretim kurumları) figuran explícitamente en el nivel de cumplimiento de un año de la circular. Esto significa que sus sitios web y aplicaciones móviles deben cumplir las normas de accesibilidad exigidas antes del 21 June 2026. El tamaño de la institución no figura como factor de exención en la circular vigente. Las escuelas deben iniciar sus auditorías de accesibilidad con prontitud para disponer de tiempo suficiente para la subsanación antes de la fecha límite.
¿Cómo se relaciona esta circular con marcos internacionales como el Acta Europea de Accesibilidad de la UE?
La Circular Presidencial 2025/10 es el equivalente nacional de Türkiye a la ola de legislación sobre accesibilidad digital que está entrando en vigor a nivel mundial. Hace referencia a la misma norma internacional subyacente —WCAG 2.2— utilizada en la Directiva de Accesibilidad Web de la UE y que sirve de base al Acta Europea de Accesibilidad. Aunque Türkiye no es un Estado miembro de la UE y no está vinculada directamente por la EAA, la convergencia en WCAG 2.2 como referencia técnica compartida significa que las organizaciones que logren el cumplimiento de un marco tendrán un esfuerzo significativamente reducido para cumplir el otro. Para las empresas que operan en ambos mercados, la circular y la EAA deben abordarse conjuntamente como parte de un programa unificado de accesibilidad digital.
Fuentes y referencias
- Official Gazette No. 32933 — Presidential Circular 2025/10 (PDF, resmigazete.gov.tr)
- TİHEK Press Release on Circular 2025/10 (tihek.gov.tr)
- Union of Municipalities of Turkey — Circular Announcement (tbb.gov.tr)
- Web Content Accessibility Guidelines (WCAG) 2.2 — W3C Official Standard
- Mondaq — Data Protection Law Updates Türkiye June 2025 (summary of Circular 2025/10)
- Mevzuat Takip — Circular 2025/10 Overview (mevzuattakip.com.tr)
